Facultad de Ingeniería Agronómica - Universidad Nacional del Este
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fiaune@fiaune.edu.py
Secretaria
Departamento de Biblioteca
Asistente
Lic. Sergio Ariel Unzaín Saldivar

 
Director Administrativo
Menú de Servicio



Encargada
Prof. Lic. Celia Martínez de Galeano

 
Deysi Diaz

SERVICIOS DE BIBLIOTECA
Acervo Bibliográfico
4.000 ejemplares de libros, folletos, trípticos, tesis, trabajos de investigación, videos, casetes, CD-ROM, revistas. A la cual acceden diariamente para consultas de los mismos.
La biblioteca es además depositaria de importantes publicaciones de destacados organismos internacionales como: ITAIPU, FAO, IICA, JICA, MAG y otros.
Servicio de préstamos
Corresponde a 2 modalidades: En Sala y a Domicilio. En ambos casos,  los alumnos deben estar inscrptos.  Los libros de reserva,  son prestados sólo para consulta en el día; todos los alumnos que estén sin morosidad,  tienen derecho para solicitar,  hasta 2 libros por un máximo de 2 días.
Servicio de referencias
A través  de estrategias de búsquedas, el encargado/a puede colaborar, con los requerimientos de los usuarios, cuando estos no pueden encontrar lo que necesitan; para esto,  se preparan bibliografías especializadas,  como ser el sistema de Clasificación Decimal Dewey.
Servicio de salas de estudio
Para el uso silencioso tanto en forma individual y grupal, en este caso último,  se fomenta el estudio en forma conjunta.
Servicio de máquinas informáticas con internet.
Se cuenta con  maquinas de informáticas con conexión a internet, habilitadas para el uso de alumnos y docentes.

Las condiciones exigidas para el uso de los servicios de la Biblioteca son los siguientes:

Art. 01: Identificación del usuario y servicios:

a)        Para acceder al servicio de la Biblioteca el usuario deberá presentar el carnet de identidad de la Institución.
b)        Los que prestan servicio de la biblioteca pueden ser de la Institución o Terceros: los usuarios de la Institución son docentes, técnicos, funcionarios y estudiantes de la Facultad de Ingeniería Agronómica - UNE y los usuarios terceros una vez identificado, podrán utilizar los materiales bibliográficos dentro de la Biblioteca en el horario normal de atención.
c)        Los usuarios de la Institución podrán retirar los materiales bibliográficos para lo cual deberá la Encargada completar la planilla de registro y el usuario completar la ficha de préstamo de los materiales bibliográficos habilitados.
Art. 02: Condiciones de Orden Interno:

a)        El usuario deberá mantener un comportamiento adecuado dentro de la Biblioteca y contribuir a mantener en buen estado los materiales bibliográficos, los equipos informáticos y los inmuebles de la sala.
b)        Se prohíbe fumar, consumir alimentos y bebidas (mate, terere y otros).
c)        Se prohíbe además la introducción de libros u otro material impreso que no pertenezca a la Biblioteca, a fin de evitar confusiones.
d)        Queda reservada para la Biblioteca el derecho de controlar a la salida, como ser bolso, mochila y otro material impreso.
Art. 03: Condiciones de uso del material y tiempo

a)        Los libros podrán ser prestados y utilizados hasta 2 (dos) en forma simultánea fuera de la Biblioteca por un periodo de tiempo de 2 (dos) días, pasado este tiempo el usuario formará parte de la lista de morosos de la biblioteca.
b)        El usuario podrá tener en su poder 1 (un) libro de reserva en forma paralela al préstamo del inciso anterior y estos materiales considerados de reserva podrán ser retirados de la biblioteca en el horario establecido (a última hora de la tarde comprendido entre las 15:00hs y 16:00hs; y devueltos al siguiente día entre 07:30 y 08:30hs)
c)        Las Tesis serán de uso exclusivo dentro de la Biblioteca, y no se permitirá la reproducción de la misma como ser: fotocopia, fotografías u otro tipo de reproducción digital.
d)        Las revistas científicas u otro tipo de revistas, folletos, informes institucionales y materiales en formato digital podrán ser utilizado solamente dentro de la biblioteca y no podrán ser retirada de la sala.

Art. 04: Condiciones de Devolución:

a)        Los usuarios deberán devolver personalmente el material prestado, y no realizar la transferencia del préstamo entre los mismos.
b)        Los materiales bibliográficos devueltos deberán ser entregados al personal encargado de la Biblioteca, y este deberá registrar la fecha de devolución en la ficha correspondiente.

Art. 05: Faltas y Sanciones:

Se considera faltas y sanciones los siguientes aspectos:
a)        Devolución tardía
b)        Pérdida o extravío
c)        La no devolución dentro del Periodo lectivo
d)        Mutilación y daños materiales
e)        Comportamiento inadecuado durante la permanencia dentro de la Biblioteca
Las Sanciones establecidas para las faltas mencionadas son:
a)        Devolución tardía de los materiales bibliográficos serán ingresado a una lista de morosidad de la biblioteca y sancionada de la siguiente manera:
Primero; 1 día de atraso corresponde a 5 días de suspensión del retiro de materiales de la biblioteca, 2 días de atraso corresponde a 10 días de suspensión, y así sucesivamente según los días de atraso incluyendo fines de semana y feriados más la multa correspondiente por cada día que haya transcurrido desde el vencimiento del plazo establecido para la devolución.
Segundo; la multa a fijar por cada día de retraso será de 0,5 % de la matricula de inscripción por Carrera.
Tercero; los alumnos que estuviesen en la lista de morosos de la biblioteca no se le permitirá la inscripción para los exámenes finales, en caso de alumnos en etapa de tesis no podrán presentar su anteproyecto de tesis y la defensa de misma, hasta tanto se devuelva el material.
b)        Pérdida o extravío de un material bibliográfico, el usuario se verá obligado a adquirir el mismo material ya sea en el país o en el extranjero. Cuando no existe más el libro en circulación, será adquirido otro material con el mismo tema y similar contenido, además aplicando las sanciones del inciso a).
c)        La no devolución dentro del Periodo Lectivo de un material bibliográfico será considerado como pérdida, en cuyo caso se aplicara la cláusula del punto a) y b).
d)        Mutilaciones o daños materiales serán sancionadas de la siguiente forma:
Se considera como perdida y se aplicara el reglamento correspondiente según lo establecido en el inciso b) del presente reglamento.
e)        Comportamiento inadecuado durante la permanencia dentro de la Biblioteca los usuarios involucrados serán:
Primero amonestados verbalmente, y si reinciden
Segundo: podrán ser notificados, y si reinciden
Tercero: suspendido en el uso de los servicios de la biblioteca por un Periodo lectivo.

Art. 06 Equipos y materiales de escritorios:

Los útiles de escritorio como bolígrafos, lápices, borradores, presilladoras, papeles, etc. son destinados únicamente para las actividades administrativas de la Biblioteca.

Art. 08 Equipos informáticos:

Las condiciones exigidas para el uso de los servicios informáticos de la Biblioteca son los siguientes:
a)        El tiempo establecido para el uso es de 1hora por alumno, en caso de no haber interesados en el uso se podrá extender el tiempo de préstamo. Los equipos serán de uso exclusivo para la búsqueda de informaciones inherentes a la Carrera.
b)        Todo dispositivo de almacenamiento a ser utilizado en los equipos deberá ser chequeado por el encargado para verificar que esté libre de virus y en buenas condiciones.

Art. 09 Casos no previsto en presente reglamento

a)        Este reglamento se somete a su análisis y evaluación según la necesidad, podrá ser modificado o adicionado previa autorización de la Dirección Académica, con informe al Decano.
b)        Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por las instancias correspondientes.

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
Imágenes de la visita de la Directora de la de la Biblioteca Nacional de Agricultura (BINA),  Lic. Maximina Simbrón de Díaz